Con la imputación por delitos fiscales a la infanta Cristina, la
llamada 'doctrina Botín' retoma espacio en la jurisprudencia como tabla de
salvación de la hermana del rey Felipe VI o regalo envenenado a la
monarquía española.
La Audiencia de Palma de Mallorca exoneró el 7 de noviembre a la
duquesa de Palma de la imputación por blanqueo de capitales, pero
ratificó otras dos por cooperación en delitos contra la Hacienda Pública
cometidos por su esposo Iñaki Urdangarin en 2007 y 2008.
Cristina y Urdangarín son co-dueños a partes iguales de la empresa
Aizoon, identificada en una investigación de tres años como tapadera
para canalizar dinero público obtenido irregularmente por el Instituto
Noos, entidad supuestamente sin ánimo de lucro.
Mediante Noos el
esposo de la infanta y su socio Diego Torres obtenían dinero de
instituciones públicas españolas que luego canalizaban a través de
empresas como Aizoon con una trama irregular, que incluía tráfico de
influencias aprovechando la posición de Urdangarin en la familia real.
Pese al viento en contra y la negativa de la Fiscalía Anticorrupción y
la Abogacía del Estado, el juez José Castro impugnó a la duquesa de
Palma basándose en la demanda del sindicato Manos Limpias, constituido
en acusación popular.
En algunos medios españoles se estima que
la exoneración del delito de blanqueo (el más grave) dejó abierta la
puerta para evitar que la infanta se siente en el banquillo de acusados,
a partir de la posible aplicación de la 'doctrina Botín'.
Esa
posibilidad se basa en un dictamen del Tribunal Supremo que en 2007
permitió anular un caso contra el banquero Emilio Botín cuando determinó
que si existe solo la acusación popular y no la de la Fiscalía u otras
particulares, la imputación puede archivarse.
Según la ley
española cualquier ciudadano, aún sin ser afectado directo, puede
personarse en un proceso si apela a la defensa de la legalidad o del
interés público, lo cual es conocido como acusación popular.
El
trámite fue utilizado por Manos Limpias en el caso Noos que más allá de
imputar a la infanta puso en tela de juicio a la Corona española,
salpicada de otros escándalos, lo que en opinión de diversos sectores
fue una de las causas de la abdicación del rey Juan Carlos en junio.
Botín iba a ser juzgado en un caso de cesiones de créditos, pero el
Tribunal Supremo lo declaró improcedente porque no existía acusación
fiscal ni particular, sólo popular.
Sin embargo, medios vascos
recordaron que posteriormente el expresidente del Parlamento de esa
comunidad Juan María Atutxa fue condenado en 2008 por desobediencia a la
autoridad judicial, aunque sólo existió una acusación popular.
En ese momento el Tribunal Supremo dictaminó que la 'doctrina Botín' es
aplicable a delitos que dañan a alguien que no denuncia; pero Atutxa
afectó intereses colectivos, tal como parece ser el delito atribuido a
la infanta por referirse a dinero público.
Se estima que el
Instituto Noos se apropió irregularmente de unos seis millones de euros
procedentes de las arcas de entidades regionales o municipales, la
mayoría de ellas gobernadas por el Partido Popular (PP).
La
Audiencia de Palma apuntó que, aunque no imputen a la infanta, la
Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado se proponen ejercer la
acusación por delito fiscal a varias de las dos decenas de personas
involucradas, entre ellas a Urdangarin.
El fiscal Pedro Horrach
adelantó que insistirá en el sobreseimiento de la imputación a la
infanta, pues acepta su declaración de que, aunque era socia de Aizoon,
estaba ajena a los manejos de su cónyuge.
Sin embargo, los
jueces consideraron innegable e inobjetable que las esposas de
Urdangarin y Torres, copartícipes de las empresas ficticias,
contribuyeron con su participación en sociedades simuladas a defraudar
al fisco.
Cristina de Borbón, según el dictamen de la Audiencia
de Palma, se benefició del procedimiento irregular, ya que el dinero no
se quedó en la cuenta de Aizoon, sino fue gastado por los dos socios.
La permanencia de la infanta en la sociedad Aizoon comportaba un
elevado riesgo de defraudación, por lo que las imputaciones por
cooperación en el fraude fiscal cometido por su marido gozan
objetivamente de sustento, expresaron los jueces.
Ahora, la
decisión de acusar a la infanta o aplicar la llamada 'doctrina Botín' está
en manos del juez instructor Castro, determinación que -más allá de las
implicaciones para Cristina de Borbón- se vislumbra como negativa para
la Corona española.
Si finalmente la hija de Juan Carlos I y
hermana de Felipe VI es acusada, estará exponiendo una forma de
actuación censurable de una integrante de la familia real, sobre todo en
momentos de crisis económica en el país, desempleo y recortes
presupuestarios.
Pero, si por el contrario, se aplica la
doctrina Botín y se libra del proceso, será una especie de regalo
envenenado a la monarquía, pues confirmaría en amplios sectores de la
población su creencia de que la ley no se aplica por igual a todos los
españoles.
(*) Corresponsal de Prensa Latina en España.