jueves, 16 de mayo de 2013

El Rey renuncia al uso del yate 'Fortuna' y el Consejo de Ministros decidirá su futuro


MADRID.- El Rey Juan Carlos ha iniciado los trámites para renunciar al uso del yate 'Fortuna', adscrito a Patrimonio Nacional y que se encuentra habitualmente en Palma, desde donde sólo salió a la mar durante unas horas en todo 2012.

   Según ha informado hoy un portavoz de Zarzuela, el monarca ha solicitado a Patrimonio Nacional que dé comienzo a los trámites para la desafectación de este barco como bien de dicho organismo.
   En concreto, siguiendo las instrucciones de Don Juan Carlos, el jefe de la Casa del Rey, Rafael Spottorno, ha solicitado a Patrimonio Nacional que inicie este proceso administrativo.
   Fuentes de este organismo, responsable de los bienes de titularidad del Estado que proceden del legado de la Corona española, han explicado que la petición del Rey será llevada a su Consejo de Administración, que previsiblemente aprobará el expediente de desafectación.
   A partir de ahí, este expediente pasará al Ministerio de la Presidencia, del que depende Patrimonio Nacional. El Departamento que dirige Soraya Sáenz de Santamaría presentará a su vez esta decisión al Consejo de Ministros, que es el que decidirá en último término qué se hará con el yate.
   El monarca recibió el 'Fortuna' como regalo de un grupo de empresarios mallorquines en el año 2000, para sustituir al anterior 'Fortuna' que Don Juan Carlos había recibido también como obsequio del Rey de Arabia Saudí a finales de los años 70. Hubo un primer 'Fortuna', con el que el entonces Príncipe de España compitió en unos Juegos Olímpicos de Munich de 1972 y que acabó siendo donado al Museo Olímpico de Barcelona.
   Construido por los astilleros de Izar en San Fernando (Cádiz), el yate del que se ahora se desprende tiene una cubierta principal con un salón noble, un comedor, una cocina y un gran puente de mando. En el piso inferior, tiene cuatro camarotes, dos reservados para el Rey y sus invitados, que ocupan toda la manga, y otros dos a ambas bandas del pasio central.
   Según han indicado fuentes de Casa Real, en 2012 el Rey sólo navegó con el 'Fortuna' un solo día, el 13 de agosto. Ese día, el monarca almorzó en alta mar con la tripulacion del barco, que permaneció unas ocho horas navegando.
   Los técnicos de mantenimiento habían aconsejado mover el yate, que llevaba ya mucho tiempo sin salir de puerto, y el monarca decidió acompañar a la tripulación, según informó entonces Zarzuela..
   Desde que se decidió recortar gastos, la Familia Real salía a navegar con el 'Fortuna' de forma excepcional, ya que llenar el depósito del yate cuesta 25.000 euros. En su lugar utilizaban la lancha 'Somni', propiedad del armador Josep Cusi, que éste pone a disposición del Rey todos los veranos.

El juez insinúa que los Duques "ocultarían celosamente" su IRPF pese a "no recatarse en ostentar"

PALMA.- El juez instructor del caso Nóos, José Castro, subraya en su último auto que las declaraciones de la renta solicitadas a los Duques de Palma son de "muy equívoca reserva" y añade que, en función de su contenido, "los datos que unos ocultarían celosamente" por mucho que "no se recataran en la ostentación de sus signos", a otros "no les importaría en absoluto que se hicieran del dominio público sin merma alguna de su intimidad".

   Así de tajante lo pone de manifiesto en la resolución en la que apela a la necesidad de saber si la protección constitucional del derecho a la intimidad "es uniforme para toda la ciudadanía o, por el contrario, automodaticia al contenido que singularmente uno quiera darle".
   En esta misma línea, el magistrado afirma que la petición de las diez últimas tributaciones del IRPF de la Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin no está exenta de motivación, de modo que "ninguna indefensión se les ha podido causar". El magistrado ha desestimado así los recursos de reforma que ambos habían interpuesto contra la solicitud de los documentos fiscales.
   En la resolución, de trece páginas, el instructor asevera asimismo que "la crítica a la falta de motivación" alegada por los Duques respecto a la petición de sus declaraciones "no se acoge", ya que esta solicitud "adoptó la forma de auto, se hacía eco de la previa solicitud formulada por el sindicato Manos Limpias, justificaba la competencia de este Juzgado para su adopción y estimaba procedente la diligencia a los fines pretendidos".
   Asimismo, el instructor niega que se haya producido "conculcación" alguna del derecho a la intimidad, al alegar que la petición de las tributaciones de los Duques se ha llevado a cabo en el marco del "obligado ejercicio de la función investigadora de un Juzgado de Instrucción" y más cuando esta diligencia, de oficio o a instancia de parte, "responde a la finalidad de investigar hechos en los que resulta obvia su trascendencia".
   "Sin duda alguna se argumentará (...) un especial deber de sigilo", añade Castro, poniendo de manifiesto sin embargo que se trata de datos de "muy equívoca reserva" ya que en función de su contenido, determinados datos "unas personas protegerían celosamente (...) otros no tendrían el menor inconveniente en que se hicieran públicos incluso sin el menor motivo plausible".
   Cabe recordar que, en el caso de las declaraciones de Urdangarin, ya incorporadas a la causa, revelan cómo el expresidente del Instituto Nóos multiplicó sus ingresos de 30.783 a 571.844 euros entre los años 2002 y 2009, mientras que a la hora de hacer la declaración de la renta de cada uno de esos diez años le salió a pagar poco más de 100.000 euros.
   Es más, reflejan que el año más álgido para el Duque como presidente de Nóos en cuanto a ingresos se refiere fue 2005, cuando percibió hasta un total de 54.800 euros. Ese mismo año, el Instituto Nóos firmó un convenio con el Govern balear, por 1,2 millones de euros, para la organización de un foro sobre turismo y deporte mientras que rubricó una addenda con el Ayuntamiento de Valencia, por un millón, para la celebración de la segunda edición del Valencia Summit.

La Fiscalía pide a Hacienda que determine si la Infanta cometió fraude fiscal

PALMA.- El fiscal anticorrupción Pedro Horrach ha solicitado este jueves al juez instructor del caso Nóos, José Castro, que pida a la Agencia Tributaria (AEAT) que determine, en un nuevo informe, si la Infanta Cristina cometió un presunto fraude fiscal, tal y como expone en el escrito que ha presentado ante el magistrado.

   El representante del Ministerio Público valorará las consecuencias penales que puedan derivarse de este informe pericial, para dar así "estricto cumplimiento" a lo dispuesto por la Audiencia Provincial de Baleares, que dejó las puertas abiertas al posible encausamiento de la Infanta por delitos fiscales y de blanqueo de capitales.
   Horrach ha hecho entrega de su escrito después de que el juez instase a las acusaciones personadas en la causa a que, en un plazo de cinco días, hagan las alegaciones que estimen oportunas sobre las líneas de investigación "insinuadas" por la Audiencia en relación al presunto fraude fiscal en que habría incurrido la hija del Rey Don Juan Carlos.
   De hecho, el tribunal de la Sección Segunda señalaba que antes de decidir sobre la imputación de la Infanta en este sentido "el juez 'a quo' ha de solicitar a la Agencia Tributaria que complemente su informe a fin de dar respuesta a las cuestiones tributarias" suscitadas y también referidas al posible blanqueo de capitales, o bien que se cite a sus autores para que den las oportunas explicaciones, tal y como recoge el escrito del fiscal.
   En concreto, el instructor dio traslado de ello a la Fiscalía, las Abogacías de la Comunidad Autónoma y del Estado, los concejales del PSOE de Valencia, el PP balear y a Manos Limpias, a fin de que se pronuncien sobre las pesquisas a seguir y, una vez lo hagan, proceder a resolver al respecto.
   Y es que el tribunal apuntaba a que tanto Iñaki Urdangarin como su mujer se habrían beneficiado, como socios al 50 por ciento de la mercantil Aizoon, de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda a través de la empresa de la que ambos eran copropietarios.
   De este modo, la Sala dejaba en suspenso la imputación de la hija del Rey Don Juan Carlos en relación al supuesto fraude fiscal, por cuanto, según recalcaba, el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la cuenta de la primera entidad, sino que se destinó a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con su posible "conocimiento del origen ilícito y delictivo" de estos fondos.
   La Sala incidía asimismo en que, si bien la Infanta podía desconocer el origen ilegal del dinero público, en cuanto a que "provenía de un delito de malversación o de fraude", lo que resulta "más dudoso" para los magistrados de la Sección Segunda es que "desconociera que esos ingresos podían suponer un delito contra la Hacienda Pública" puesto que Nóos, aunque declaraba al fisco, no pagaba el impuesto de sociedades por constar inscrita como sociedad sin ánimo de lucro.
   El tribunal, que basaba sus argumentaciones en un informe aportado al caso por la Agencia Tributaria, aseveraba que éste suscita "zonas oscuras" que en estos momentos hacen "inviable emitir una opinión fundada sobre si la Infanta ha podido cometer o no un delito contra la Hacienda Pública", de modo que insta al juez Castro a decidir de nuevo sobre la imputación de la Duquesa de Palma respecto a un posible fraude fiscal, no sin antes solicitar a Hacienda a que complemente su informe.
   Todo ello con el objetivo de "dar respuesta a las cuestiones tributarias que se suscitan y también referidas a un posible blanqueo de capitales", incide la Audiencia, precisando que el propio informe de la AEAT reconoce que es provisional e incompleto, toda vez que "no sólo contiene dudas en cuanto a quién ha de ser el responsable de las irregularidades tributarias, sino que reconoce que la entidad Aizoon es una sociedad pantalla que ha sido constituida con finalidad defraudatoria".
   Así las cosas, el tribunal asevera que si Aizoon estaba participada al 50 por ciento por la Infanta, "no era más que una pantalla" y se constituyó "con una finalidad defraudatoria", no se entiende que sólo atribuya la defraudación a uno de los socios (a Urdangarin).
   "No se comprende que la AEAT haya prescindido de considerar la actuación cooperadora del socio no administrador [la Infanta] respecto del delito contra la Hacienda Pública", añaden los magistrados.
   Señalan que la Infanta "debería saber o conocer que Aizoon era una sociedad pantalla y que su marido la utilizaba para defraudar a Hacienda", tanto en lo que al impuesto de sociedades se refiere como respecto al IRPF, y que "se ha enriquecido con contratos ilegales y dinero público por facturas giradas por Aizoon a Nóos".
   Es más, recalcan que aunque Urdangarin era el administrador de Aizoon, su mujer tenía el control funcional de la sociedad al ser titular del 50 por ciento del capital social, motivo por el que "podría estar en condiciones de impedir la defraudación" a la hora de presentar las declaraciones del impuesto de sociedades de los años 2006, 2007 y 2008.

El juez rechaza el recurso de la Infanta contra la petición de sus diez últimas declaraciones de la renta

PALMA.- El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha desestimado el recurso de la Infanta Cristina contra la petición de sus últimas declaraciones de la renta, solicitud que el magistrado cursó a Hacienda a petición del sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular en el caso Nóos. En cualquier caso, precisa que no ha incorporado a la causa sus tributaciones a la espera de la toma de "determinadas decisiones".

   Mediante un nuevo auto, el titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Palma ha rechazado los argumentos esgrimidos por la Infanta, quien alegaba una vulneración de su intimidad con esta decisión. Los documentos relativos al Duque ya han sido incorporados a la causa.
   Las declaraciones revelan cómo el expresidente del Instituto Nóos multiplicó sus ingresos de 30.783 a 571.844 euros entre los años 2002 y 2009, mientras que a la hora de hacer la declaración de la renta de cada uno de esos diez años le salió a pagar poco más de 100.000 euros.
   Es más, reflejan que el año más álgido para Urdangarin como presidente de Nóos en cuanto a ingresos se refiere fue 2005, cuando percibió hasta un total de 54.800 euros. 
Ese mismo año, el Instituto Nóos firmó un convenio con el Govern balear, por 1,2 millones de euros, para la organización de un foro sobre turismo y deporte mientras que rubricó una addenda con el Ayuntamiento de Valencia, por un millón, para la celebración de la segunda edición del Valencia Summit.

El juez, sobre la petición de las declaraciones a los Duques: "Ninguna indefensión se les ha podido causar"

PALMA.- El juez instructor del caso Nóos, José Castro, subraya en su último auto que la petición de las diez últimas declaraciones de la renta de los Duques de Palma no está exenta de motivación, de modo que "ninguna indefensión se les ha podido causar". 

Mediante esta resolución el magistrado ha desestimado los recursos de reforma que habían interpuesto la Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin contra la solicitud de los documentos fiscales.
   El titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Palma incide en este sentido en que "la crítica a la falta de motivación no se acoge" ya que la petición de las declaraciones "adoptó la forma de auto, se hacía eco de la previa solicitud formulada por el sindicato Manos Limpias, justificaba la competencia de este Juzgado para su adopción y estimaba procedente la diligencia a los fines pretendidos".